En este apartado encontrarás la información actualizada sobre la
auditoría practicada a la adquisición del edificio que realizó la
Auditoría Superior de la Federación (ASF) y de los procesos para la
atención de sus resultados.
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Datos de la adquisición auditada
- • El costo total del arrendamiento financiero con opción
a compra contratado fue de
$683.8 millones de pesos.
- El edificio tuvo un costo total de $490.2 millones de
pesos.
- Las adecuaciones fueron por la cantidad $108.9
millones de pesos, a fin de cumplir con las necesidades
funcionales.
- El monto de los impuestos (IVA, ISAI) fue de $84.7
millones de pesos.
- El proyecto de inversión que el IFAI presentó ante la
SHCP y respecto del cual se elaboró un minucioso Análisis
Costo-Beneficio siempre refirió la cifra de $683.8
millones de pesos, por lo que el acondicionamiento nunca
podría asumirse como un costo adicional a la operación
original.
- Las operaciones recientes celebradas por el gobierno
federal para la adquisición de bienes inmuebles similares
contemplan en el proyecto de inversión tanto el costo del
edificio como su correspondiente costo de acondicionamiento.
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Proceso de auditoría y atención a resultados
Concepto |
Descripción de hechos |
1. Trabajos de planeación |
El 20 de marzo de 2013, la
ASF solicitó al IFAI documentación
preliminar. |
2. Orden de auditoría |
El 6 de mayo de 2013, la
ASF emitió la orden de auditoría. |
3. Inicio de los trabajos de auditoría |
El 23 de mayo de 2013,
inició la auditoría. |
4. Presentación de Resultados
Preliminares de Auditoría |
El 11 de septiembre de
2013, la ASF presentó al IFAI los resultados
y observaciones preliminares. |
5. Respuesta del IFAI a los resultados y
observaciones preliminares determinados por
la ASF |
El 23 de septiembre de
2013, el IFAI remitió a la ASF la respuesta
a los resultados Preliminares. |
6. Presentación de Resultados finales y
observaciones preliminares (Confronta) de la
revisión practicada |
El 7 de noviembre de 2013,
la ASF presentó al IFAI los resultados
finales y observaciones preliminares. |
7. Respuesta del IFAI a los resultados
finales y observaciones preliminares
determinados por la ASF. |
El 14 de noviembre de 2013,
el IFAI remitió a la ASF la respuesta a los
Resultados Finales y Observaciones
Preliminares. |
8. Conclusión de los trabajos de
auditoría |
El 10 de enero de 2014, la
ASF notificó al IFAI la conclusión de los
trabajos de la auditoría. |
9. Presentación del Informe del
Resultado al IFAI |
El 25 de febrero de 2014 la
ASF notificó al IFAI el Informe del
Resultado de la fiscalización de la Cuenta
Pública 2012, así como las acciones
promovidas y recomendaciones (Ver
informe de la auditoría) |
10. Respuesta del IFAI a la ASF |
El 7 de abril de 2014, el
IFAI remitió a la ASF información que a su
juicio dio respuesta a una recomendación. |
11. Promociones de Responsabilidades
Administrativas Sancionatorias (PRAS) |
El 5 de agosto de 2014 se recibieron en la
Contraloría 8 Promociones de
responsabilidad administrativa
sancionatoria.
Una vez realizado el análisis de los PRAS,
la Contraloría identificó que los hechos
señalados por la Auditoría Superior de
la Federación, y que pudieran constituir
responsabilidades administrativas,
acontecieron en los años 2011, 2012 y
2013, cuando el IFAI tenía el carácter
de Organismo Descentralizado de la
Administración Pública Federal, por lo
que la competencia para conocer de esas
presuntas irregularidades correspondía y
corresponde a la Secretaría de la
Función Pública, por ser la que tiene
facultades para conocer de
irregularidades cometidas por servidores
públicos de los organismos
descentralizados, motivo por el cual, el
10 de octubre de 2014 se devolvieron los
8 PRAS a la ASF.
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12. Pliego de Observaciones |
El 5 de agosto de 2014 se recibió en el
IFAI el Pliego de Observaciones con
clave 12-1-00HHE-02-0349-06-001, por un
monto de $30,612.01 (Treinta mil
seiscientos doce pesos 01/100 M.N.).
El 2 de octubre de 2014, la ASF tuvo por
solventada la irregularidad.*
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13. Pliego de Observaciones |
El 18 de agosto de 2014 se recibió en el
IFAI el Pliego de Observaciones número
con clave 12-1-00HHE-02-0349-06-002, por
un monto de $1,587,600.00 (Un millón
quinientos ochenta y siete mil
seiscientos pesos 00/100 M.N.).
El 20 de febrero de 2015, la ASF tuvo
por solventada la irregularidad.*
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*Por lo que se
refiere a los Pliegos de Observaciones, la
ASF los consideró solventados, lo cual es
independiente de la posible responsabilidad
administrativa de los servidores públicos
involucrados que pudiera determinar la
Secretaría de la Función Pública.
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Resultados
Se tuvo un total de 14 resultados de auditoría a los
cuales el IFAI respondió exponiendo sus argumentos y
entregando la información correspondiente para su análisis y
aclaración.
A partir de los resultados de la auditoría y la
valoración de la respuesta del IFAI, la Auditoría Superior
de la Federación emitió la siguiente recomendación y
acciones promovidas (PRAS y Pliegos de Observaciones):
- 1 Recomendación para el IFAI
- 8 Promociones de Responsabilidades Administrativas
Sancionatorias (PRAS)
- 2 Pliegos de Observaciones
Recomendación
12-1-00HHE-02-0349-01-001 |
Para que el Instituto
Federal de Acceso a la Información y
Protección de Datos implemente las acciones
o mecanismos necesarios a efecto de
garantizar que los bienes adquiridos con
cargo a su presupuesto, se asignen y
utilicen para el objeto para el cual fueron
adquiridos, y evitar así tener bienes
ociosos. |
Ocho Promociones de Responsabilidades Administrativas
Sancionatorias (PRAS)
Número de PRAS |
Acción |
1.- 12-9-00HHE-02-0349-08-001 |
“Ante el Órgano Interno de
Control en el Instituto Federal de Acceso a
la Información y Protección de Datos, para
que realice las investigaciones pertinentes
y, en su caso, inicie el procedimiento
administrativo correspondiente, por los
actos u omisiones de los servidores públicos
que en su gestión optaron por adquirir
mediante un contrato de arrendamiento
financiero, un inmueble al que se le
tuvieron que hacer adecuaciones que
implicaron erogaciones por $108,933.9
miles de pesos equivalentes al 22.2%
respecto de los $490,208.6 miles de pesos
que costaron en conjunto el terreno y el
inmueble.” |
2.- 12-9-00HHE-02-0349-08-002 |
“Ante el Órgano Interno de
Control en el Instituto Federal de Acceso a
la Información y Protección de Datos, para
que realice las investigaciones pertinentes
y, en su caso, inicie el procedimiento
administrativo correspondiente, por los
actos u omisiones de los servidores públicos
que en su gestión autorizaron el
procedimiento de adjudicación directa para
la contratación del servicio de traslado de
mobiliario, no obstante que el proveedor
contratado no incluía este tipo de servicio
en su objeto social, además de que tampoco
acreditaron las pérdidas y costos
adicionales a que se refiere el artículo 41,
fracción III, de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector
Público, que justificaran el ejercicio de
esta opción.” |
3.- 12-9-00HHE-02-0349-08-003 |
“Ante el Órgano Interno de
Control en el Instituto Federal de Acceso a
la Información y Protección de Datos, para
que realice las investigaciones pertinentes
y, en su caso, inicie el procedimiento
administrativo correspondiente, por los
actos u omisiones de los servidores públicos
que en su gestión, en el procedimiento de
invitación a cuando menos tres personas para
la compra de mobiliario, consideraron la
cotización de un proveedor que en visita
domiciliaria realizada por el personal
auditor manifestó no haber recibido ninguna
invitación y por lo tanto no haber
presentado cotización alguna.” |
4.- 12-9-00HHE-02-0349-08-004 |
“Ante el Órgano Interno de
Control en el Instituto Federal de Acceso a
la Información y Protección de Datos, para
que realice las investigaciones pertinentes
y, en su caso, inicie el procedimiento
administrativo correspondiente, por los
actos u omisiones de los servidores públicos
que en su gestión omitieron realizar las
acciones que garantizaran el instalar
oportunamente el equipo complementario para
la grabación y registro del sistema de
circuito cerrado de televisión, a fin de que
se cumpliera con la justificación que se
presentó para su adquisición.” |
5.- 12-9-00HHE-02-0349-08-005 |
“Ante el Órgano Interno de
Control en el Instituto Federal de Acceso a
la Información y Protección de Datos, para
que realice las investigaciones pertinentes
y, en su caso, inicie el procedimiento
administrativo correspondiente, por los
actos u omisiones de los servidores públicos
que en su gestión, para acreditar la
recepción de los bienes adquiridos dentro
del plazo establecido en el pedido,
presentaron un acuse de recepción
supuestamente firmado por un servidor
público, de cuyo peritaje se determinó que
la firma en él asentada difiere de la
plasmada por el mismo servidor público en
otros documentos.” |
6.-12-9-00HHE-02-0349-08-006 |
“Ante el Órgano Interno de
Control en el Instituto Federal de Acceso a
la Información y Protección de Datos, para
que realice las investigaciones pertinentes
y, en su caso, inicie el procedimiento
administrativo correspondiente, por los
actos u omisiones de los servidores públicos
que en su gestión contrataron mediante el
procedimiento de adjudicación directa los
servicios de arrendamiento de mobiliario,
los cuales se formalizaron a través de dos
pedidos con un mismo proveedor; sin embargo,
por su monto, debió celebrarse un
procedimiento de invitación a cuando menos
tres personas, por lo que se presume que las
operaciones fueron fraccionadas para eludir
dicho procedimiento.” |
7.- 12-9-00HHE-02-0349-08-007 |
“Ante el Órgano Interno de
Control en el Instituto Federal de Acceso a
la Información y Protección de Datos, para
que realice las investigaciones pertinentes
y, en su caso, inicie el procedimiento
administrativo correspondiente, por los
actos u omisiones de los servidores públicos
que en su gestión firmaron las actas de
entrega-recepción del inmueble y de sus
adecuaciones, sin que se constatara la
existencia y cumplimiento de las
especificaciones de los equipos instalados y
del catálogo de conceptos y especificaciones
de obra del contrato a precio alzado y
tiempo determinado suscrito el 30 de julio
de 2012.” |
8.- 12-9-00HHE-02-0349-08-008 |
“Ante el Órgano Interno de
Control en el Instituto Federal de Acceso a
la Información y Protección de Datos, para
que realice las investigaciones pertinentes
y, en su caso, inicie el procedimiento
administrativo correspondiente, por los
actos u omisiones de los servidores públicos
que en su gestión determinaron conforme a la
tabla de “Superficie Máxima a Ocupar por
Institución (SMOI)”, aproximadamente
1,120.71 metros cuadrados de áreas de
uso común y de circulación de más que los
requeridos.” |
Las Promociones de Responsabilidades Administrativas
Sancionatorias (PRAS) fueron remitidas a la Contraloría del
IFAI para que realice las investigaciones pertinentes y, en
su caso, inicie el procedimiento administrativo
correspondiente.
Pliegos de Observaciones
1.- 12-1-00HHE-02-0349-06-001 |
Se presume un probable daño
o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública
Federal por un monto de $30,600.00
(Treinta mil seiscientos pesos 00/100 M.N.),
por la falta de aplicación de penas
convencionales derivadas de la entrega e
instalación extemporánea de un sistema de
circuito cerrado de televisión. |
2.- 12-1-00HHE-02-0349-06-002 |
Se presume un probable daño
o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública
Federal por un monto de 1,587,600.00 (Un
millón quinientos ochenta y siete mil
seiscientos pesos 00/100 M.N.), en
virtud de la falta de entrega de los planos
as-built, referentes a los proyectos
arquitectónico, hidrosanitario, eléctrico,
iluminación, aire acondicionado e
instalaciones especiales, referidos en el
catálogo de conceptos y especificaciones de
obra, anexo C del contrato de obra a precio
alzado y tiempo determinado, con las claves
PR 001, PR 002, PR 003, PR 004, PR 005 y PR
006, respectivamente. |
Sobre el pliego de observaciones con clave 12-1-00HHE-02-0349-06-001, el 2 de octubre de 2014, la ASF tuvo por solventada la irregularidad, lo cual es independiente de la posible responsabilidad administrativa de los servidores públicos involucrados que pudiera determinar la Secretaría de la Función Pública.
Sobre el pliego de observaciones con clave 12-1-00HHE-02-0349-06-002, el 20 de febrero de 2015, la ASF tuvo por solventada la irregularidad, lo cual es independiente de la posible responsabilidad administrativa de los servidores públicos involucrados que pudiera determinar la Secretaría de la Función Pública.
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